Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública Instituto Metropolitano de Patrimonio de Quito
ENERO 2016
Art. 7.- Difusión de la Información Pública.- Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las instituciones del Estado que conforman el sector público en los términos del artículo 225 de la Constitución de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del público, implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley, se la considera de naturaleza obligatoria:
LITERAL A |
Estructura orgánica funcional, base legal que la rige, regulaciones y procedimientos internos aplicables a la entidad; las metas y objetivos de las unidades administrativas de conformidad con sus programas operativos; |
LITERAL B |
El directorio completo de la institución, así como su distributivo de personal; |
LITERAL C |
La remuneración mensual por puesto y todo ingreso adicional, incluso el sistema de compensación, según lo establezcan las disposiciones correspondientes; |
LITERAL D |
Los servicios que ofrece y las formas de acceder a ellos, horarios de atención y demás indicaciones necesarias, para que la ciudadanía pueda ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones; |
LITERAL E |
Texto íntegro de todos los contratos colectivos vigentes en la institución, así como sus anexos y reformas; |
LITERAL F |
Se publicarán los formularios o formatos de solicitudes que se requieran para los trámites inherentes a su campo de acción; |
LITERAL G |
Información total sobre el presupuesto anual que administra la institución, especificando ingresos, gastos, financiamiento y resultados operativos de conformidad con los clasificadores presupuestales, así como liquidación del presupuesto, especificando destinatarios de la entrega de recursos públicos; |
LITERAL H |
Los resultados de las auditorías internas y gubernamentales al ejercicio presupuestal; |
LITERAL I |
Información completa y detallada sobre los procesos precontractuales, contractuales, de adjudicación y liquidación, de las contrataciones de obras, adquisición de bienes, prestación de servicios, arrendamientos mercantiles, etc., celebrados por la institución con personas naturales o jurídicas, incluidos concesiones, permisos o autorizaciones; |
LITERAL J |
Un listado de las empresas y personas que han incumplido contratos con dicha institución; |
LITERAL K |
Planes y programas de la institución en ejecución; |
LITERAL L |
El detalle de los contratos de crédito externos o internos; se señalará la fuente de los fondos con los que se pagarán esos créditos. Cuando se trate de préstamos o contratos financiamiento, se hará constar, como lo prevé la Ley Orgánica e Administración Financiera y Control, Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado y la Ley Orgánica de Responsabilidad y Transparencia Fiscal, las operaciones y contratos de crédito, los montos, plazo, costos financieros o tipos de interés; |
LITERAL M |
Mecanismos de rendición de cuentas a la ciudadanía, tales como metas e informes de gestión e indicadores de desempeño; |
LITERAL N |
Los viáticos, informes de trabajo y justificativos de movilización nacional o internacional de las autoridades, dignatarios y funcionarios públicos; |
LITERAL O |
El nombre, dirección de la oficina, apartado postal y dirección electrónica del responsable de atender la información pública de que trata la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública. |
LITERAL S |
Los organismos seccionales, informarán oportunamente a la ciudadanía de las resoluciones que adopten, mediante la publicación de las actas de las respectivas sesiones de estos cuerpos colegiado, así como sus planes de desarrollo local |